¿Quieres solicitar la suspensión del pago de la pensión de alimentos por la COVID-19?

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¿Quieres solicitar la suspensión del pago de la pensión de alimentos por la COVID-19?

Existe un procedimiento rápido y eficaz que permite la suspensión del pago de la pensión de alimentos por la COVID-19. Está dirigido a todos los trabajadores, autónomos o empresarios que se han visto afectados por la situación de estado de alarma. 

Suspensión del pago de la pensión de alimentos por la covid-19

A partir de un proceso novedoso se permite obtener con rapidez la suspensión en el pago de pensiones de alimentos por la COVID-19 o la reducción del importe mensual a pagar. O bien, a su aumento en el caso de que la persona afectada por la crisis sea la que percibe la pensión. Este proceso está regulado en el Real Decreto 16/2020 de 29 de abril. Y está pensado para todos los trabajadores, autónomos o empresarios que se han visto afectados en sus ingresos por la situación de estado de alarma por COVID-19. Ya sea por ERTE, cierre de negocio, despido, etc.

¿Qué documentos debes aportar?

A la solicitud  hay que acompañar documentos que prueben que se cumplen una serie de requisitos exigidos por el Real Decreto. Este proceso debe iniciarse en el momento en que no se pueda atender a los pagos. Es decir, cuando se debe pactar un acuerdo de moratoria, exención, suspensión o minoración del pago con la persona a quién debemos pagar la pensión. O bien, el aumento para quién la ha de percibir.

Y en caso de no lograrlo, hay que acudir sin dilación al Juez presentando la solicitud para que regule la situación. Es importante tener muy en cuenta que los pactos de palabra carecen de validez. Por lo que se desaconsejan expresamente si lo que queremos es evitar el problema de futuras reclamaciones, dado que los juzgados y tribunales no los dan por válidos.

¿Qué te recomendamos antes de iniciar la solicitud de suspensión del pago de de la pensión de alimentos por la covid-19?

Por ello, para solicitar la suspensión del pago de la pensión de alimentos por la COVID-19 es recomendable pedir consejo profesional antes de cerrar ningún tipo de acuerdo. Y en caso de que no sea posible dicho acuerdo, facilitar sin falta al abogado la documentación precisa para que inste el proceso. El plazo para presentar la solicitud termina a los 3 meses de la finalización del estado de alarma y no conviene quedarse fuera del mismo.

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