separación de bienes por divorcio

¿A qué tengo derecho si me divorcio y tengo separación de bienes?

Uno de los errores más comunes es considerar que los matrimonios contraídos bajo el sistema de separación de bienes no tienen nada que “liquidar” entre ellos cuando se produce el divorcio.

Al contrario, rara vez se acude al divorcio habiendo mantenido intacto el  patrimonio particular de cada cónyuge.  Porque aunque nos hayamos casado en régimen de separación de bienes durante la convivencia lo habitual es que se hayan adquirido bienes conjuntamente. O que algún cónyuge o ambos hayan destinado dinero de una cuenta propia a una cuenta común.

También es usual, que se hayan pagado gastos generados por bienes de otro o propios. Que se hayan firmado préstamos en favor del otro o para adquirir bienes. O que se haya contribuido en el negocio del otro, o se haya colaborado con trabajo para la casa, o ambas cosas, etc…

Producida el divorcio, aunque nos casáramos bajo el sistema de separación de bienes, hay que poner en orden todas esas operaciones que se han realizado. Y devolver a cada uno lo suyo.

Por ello, si nos dicen que “no hay nada que liquidar “ sin antes analizar siquiera todos estos aspectos económicos y patrimoniales surgidos en la convivencia, desconfiemos.

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